Como te dice el compañero Bulli, si encontramos un móvil tenemos la obligación legal de llevarlo a comisaría para que lo pueda recuperar el dueño. Si te pillan con un móvil robado eres tu el que ha robado ese móvil a efectos prácticos, ya que no tienes manera de demostrar que lo has comprado o si se lo has comprado a un particular puede ser tu palabra contra la suya
Además de que lo que dices es completamente ilegal y viene tipificado en Ley 25891 del 28/04/2004, artículos 4, 7, 10, 13 y 14 del código penal. Y a ti te aplicaría el 10 y 13 en caso de que lo vendas.
ARTICULO 10º — Será reprimido con prisión de UN (1) mes a SEIS (6) años el que alterare, reemplazare, duplicare o de cualquier modo modificare un número de línea, o de serie electrónico, o de serie mecánico de un equipo terminal o de un Módulo de Identificación Removible del usuario o la tecnología que en el futuro la reemplace, en equipos terminales provistos con este dispositivo, de modo que pueda ocasionar perjuicio al titular o usuario del terminal celular o a terceros.
ARTICULO 13º — Será reprimido con prisión de UN (1) a SEIS (6) años el que:
a) Cometa alguno de los delitos previstos en el artículo anterior con ánimo de lucro.
b) Cometa alguno de los delitos previstos en los artículos precedentes como medio para perpetrar otro delito.