El TJUE dictamina que Bélgica no puede denegar la entrega de Puigdemont alegando que el Tribunal Supremo no es competente para juzgarle .
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena al sentenciar que la Justicia belga no puede rechazar la entrega de los encausados por el 'procès' reclamados para ser juzgados en España, entre ellos el expresidente catalán Carles Puigdemont y sus exconsellers Lluís Puig y Toni Comín (en Bélgica desde octubre de 2017), basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni puede poner en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir tales euroórdenes.
La sentencia dictada por la Gran Sala del tribunal europeo, ante la que no cabe recurso y es de obligado cumplimiento, responde a las cuestiones prejudiciales remitidas por Llarena en marzo de 2021 después de que la Justicia belga rechazara entregar al exconseller Lluis Puig por considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que de ser entregado en España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia, según informa Europa Press.
Llarena acudió a la Justicia europea para aclarar tanto el alcance de la emisión de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE) emitidas por el Tribunal Supremo contra varios encausados por su papel en el 'procès', entre ellos el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, como las razones para denegar la ejecución de tales euroórdenes.
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