El Juzgado de Primera Instancia nº 22 de Sevilla considera que la acción unilateral por parte de Fuchs Sport SARL, consistente en interrumpir los derechos de cesión del servicio de comercialización y señal televisiva de los partidos de Primera RFEF a nuestra compañía, no procede, por lo que recuperamos provisionalmente la exclusividad de la señal y por ende, de las emisiones de partidos de esta competición en nuestra plataformaplay.footters.com.
Seguiremos defendiendo lo intereses de nuestra compañía, nuestros accionistas, nuestros trabajadores, así como por supuesto de usuarios, clubes y competición, los cuales han sido perjudicados y sumidos en una situación de desconcierto desde el pasado 8 de marzo.
Texto íntegro del acuerdo del auto
Que procede adoptar como medidas cautelares inaudita parte:
Comunicar a la sociedad Fuchs Sports SARL, la prohibición temporal de interrumpir los derechos de cesión del servicio de comercialización y señal televisiva para la transmisión de los partidos de fútbol de la llamada «1ª RFEF», conforme los términos del contrato suscrito por las partes de 31 agosto 2021 «Term sheet acuerdo comercial», prohibiendo expresamente a Fuchs Sports, SARL cualquier acto de corte o desconexión que impida el normal desarrollo de la actividad de Footters respecto a tal retransmisión en su plataforma para los suscriptores, y cursando dicha orden expresa o prohibición de desconexión tanto a la propia demandada, Fuchs Sports SARL, como a la productora que operativamente gestiona la señal, ATM Broadcast, S.L. por orden de Fuchs Sports SARL, y para el supuesto de que se hubiera iniciado un corte inicial, se restablezca ésta con urgencia a favor de Footters.
Espero que les sea de utilidad.
un saludo