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Iniciado Por melli77, El día 28 de Octubre de 2021, 11:10:32 11:10



Autor Tema: Choque entre el TS y el Congreso: Marchena exige a Batet ejecutar la inhabilitac  (Leído 131 veces)

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Choque entre el TS y el Congreso: Marchena exige a Batet ejecutar la inhabilitación de Alberto Rodríguez

El Congreso y el Tribunal Supremo se han enzarzado este miércoles a cuenta de la interpretación que ha hecho la Cámara de la sentencia del alto tribunal sobre la pena de inhabilitación del diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez. En concreto, el TS ha pedido al Congreso que le remita el informe sobre la fecha de inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación impuesta a Rodríguez para así realizar la liquidación de su condena, justo un día después de que la Cámara acordara mantener su escaño. Un pulso entre el poder judicial y el legislativo del que el Gobierno rechaza inmiscuirse por, en palabras de la ministra de Justicia Pilar Llop, el respeto a la división de poderes.

El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dirigido un oficio a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, para que remita al alto tribunal dicho informe, en un gesto que mantiene el pulso entre ambas instituciones a la hora de ejecutar la pena a Alberto Rodríguez, que la Mesa del Congreso interpreta de forma diferente a la resolución condenatoria del alto tribunal.

El tribunal condenó al parlamentario de Unidas Podemos a un mes y 15 días de prisión, una pena sustituido por multa de 540 euros, por un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena.

Precisamente esta petición llega después de que este martes la Mesa del Congreso considerase adecuado el informe de los letrados que mantiene que Alberto Rodríguez debe mantener su acta y su escaño tras haber abonado la multa de 540 euros que le impuso el Supremo.

El informe de los letrados argumenta que una pena privativa de libertad sí hubiera sido "determinante de la causa de inelegibilidad", pero al haber optado por una pena sustituta "no cabe derivar consecuencia extra penal alguna que afecte a la condición de diputado".

Según los letrados del Congreso, la condición de diputado de Rodríguez no queda afectada porque no concurre "ni la causa de incompatibilidad sobrevenida contemplada en el apartado 2 en relación con el apartado 4 del artículo 6 de la Loreg", ni los artículos del Reglamento del Congreso -21 y 22- que explican cuando un diputado pierde su condición.

Tanto el PP como Cs y Vox han urgido a la JEC que emita un informe diferente al de la Mesa y reconsidere la retirada del acta al diputado Alberto Rodríguez.
El TS, "perplejo por la reinterpretación" de la sentencia

Ahora, el presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena ,remite este escrito con la finalidad de llevar a efecto "la práctica de la correspondiente liquidación de condena". Cabe recordar que La Sala de lo Penal condenó a Alberto Rodríguez como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena de 1 mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. En su sentencia, acordó la sustitución de la pena de prisión por una de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros.

Este martes fuentes del Supremo señalaban a Europa Press que observaban "atónitos y perplejos" cómo el Congreso hacía una "reinterpretación" de la sentencia ya que consideran que debía producirse la pérdida del escaño en el Congreso de los Diputados por ilegibilidad sobrevenida.

Rodríguez, que abonó la multa de 540 euros envió tras conocerse la resolución un recurso de aclaración de condena al tribunal, y éste le respondió que rechazaba esa petición porque la resolución expone la pena "con suficiente claridad". Advertían de que la accesoria de inhabilitación para sufragio pasivo se mantenía tal cual aparece en la sentencia.

En el auto de aclaración se indicaba que el penado pretendía que se rectificase lo que considera "errores materiales" referidos a dos aspectos: la sustitución de la pena de prisión inferior a tres meses por la pena de multa y la procedencia de la responsabilidad civil.

"En la sentencia se explica con suficiente claridad todo lo relativo a la imposición de la pena de prisión y su accesoria --inhabilitación--, a la necesidad de su sustitución de conformidad con el artículo 71.2 del Código Penal y a las consecuencias de la misma", explicaba el tribunal, para acto seguido incidir en que "no se aprecia el error material que se alega" por parte de Rodríguez.

Fuentes del Supremo entienden que la propia sentencia y el auto de aclaración dejaban claro que la inhabilitación era consustancial por lo que avanzaban que tras estudiar el informe de los letrados del Congreso actuarían según correspondiera.
El PP exige que se cumpla la sentencia

Por su parte, la portavoz parlamentaria del PP, Cuca Gamarra, ha exigido este miércoles a la Mesa del Congreso que "rectifique" y proceda a ejecutar literalmente la pena de inhabilitación impuesta a Rodríguez. Gamarra ha vuelto a subrayar que "no cabe interpretación" alguna por parte del Congreso a la condena del Supremo contra Rodríguez, sino que sólo es posible "ejecutarla", como ya defendió este martes el PP en reunión de la Mesa de la Cámara. "No caben subterfugios, ni dilaciones, ni interpretaciones", ha dicho.

Por ello, ha confirmado que su partido ha registrado un escrito de reconsideración para que "de manera urgente" la Mesa del Congreso se reúna y "rectifique" su decisión de 'salvar' a Rodríguez de cumplir con la pena que se le impuso.

"Es necesario que de manera urgente se den las explicaciones oportunas, se rectifique lo que se acordó y se ejecute literalmente la sentencia" para poner fin a este "conflicto" de la Mesa del Congreso con el Tribunal Supremo, ha insistido la dirigente 'popular'.

Y es que, según ha apostillado, la "obligación" de los responsables políticos es "cumplir y hacer cumplir" la ley, en este caso la sentencia, y la del condenado, Alberto Rodríguez, debería ser dejar "de manera inmediata" el acta.

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